Matrícula Profesional

Aclaraciones

Importante

El ejercicio de la Ingeniería sin la correspondiente Matrícula Profesional conlleva multas económicas de hasta 20 salarios mínimos mensuales y arresto de 1 a 12 meses.

Según la Ley 842 de 2003 la experiencia Profesional del Ingeniero se cuenta a partir de la expedición de la Matrícula Profesional.

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Notas:

Si el ingeniero ha realizado sus estudios profesionales en el exterior debe anexar la convalidación del título otorgada por el Ministerio de Educación Nacional, en lugar de la fotocopia del acta de grado.

Al ingeniero a quien se le apruebe la expedición de su matrícula profesional se le entregará el respectivo certificado y la tarjeta profesional y copias de la Ley 51 de 1986 y del Decreto 1873 de 1996.

Al recibir el certificado de matrícula, el ingeniero deberá firmar el original y la copia del mismo; y hará el juramento previsto. La copia del certificado será archivada por el Consejo Nacional.